Ya hay dos recursos de inconstitucionalidad contra el fallo de cámara que, a pedido del gobierno porteño, revocó un amparo que buscaba darle una respuesta a los miles de estudiantes que no pueden acceder a la educación virtual en la ciudad de Buenos Aires. Tanto el Ministerio Público de la Defensa como el Ministerio Público Tutelar, dos de los actores del expediente afectado, manifestaron un duro rechazo al fallo de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario. En ambos recursos, quedó en claro el repudio a que el gobierno de Horacio Rodríguez Larreta resuelva la brecha digital en educación con una inesperada vuelta a las aulas en pleno pico de contagios por Covid-19.
El pasado 11 de agosto, la Sala III, compuesta por Gabriela Seijas, Hugo Ricardo Zuleta y Esteban Centanaro, consideró “irrazonable” y fuera de sus facultades el intento del juez Andrés Gallardo por acercar recursos de conectividad a las familias que se quedaron afuera de la continuidad pedagógica en tiempos de pandemia. El guiño de los camaristas al PRO llegó justo un día antes de que el Ejecutivo lanzara su temeraria propuesta para que 6000 alumnos y alumnas vulnerables retomen la presencialidad.
El Ministerio Público de la Defensa y el Ministerio Público Tutelar presentaron sendos recursos de inconstitucionalidad.
Lo que Seijas, Zuleta y Centanaro echaron por tierra, junto con el apoyo de la fiscal Nidia Karina Cicero, fue el “registro judicial de estudiantes con necesidades informáticas no satisfechas”, creado por Gallardo para tramitar “las solicitudes de equipamiento informático y de conexión a Internet de las personas que integran el colectivo afectado”. Es decir, el mismo grupo de chicos y chicas que ahora el macrismo quiere sentar en los pupitres sin importar, al parecer, la coyuntura epidemiológica. Gallardo había dispuesto aquel mecanismo luego de que el larretismo no sólo hiciera oídos sordos al reclamo de los vecinos, sino que además se negara a cumplir los fallos judiciales previos y desplegara todos sus recursos para boicotearlos.
Entre los varios aspectos criticados por el Ministerio Público de la Defensa en su recurso de inconstitucionalidad, las defensoras María Pucciarello y Lorena Lampolio señalaron que, junto a lo resuelto por la Sala III, “el Ministerio de Educación (de la Ciudad) pretende arriesgar la integridad física y, según el caso, la vida de los menores de los sectores populares antes que efectuar las erogaciones necesarias para que ese colectivo cuente con dispositivos y conectividad”. También afirmaron que los camaristas, al anular el amparo colectivo y ordenar que el reclamo sea individual, hacen que la mayoría de los estudiantes afectados no puedan acceder en todo este ciclo escolar a los medios tecnológicos que necesitan, lo que “vulnera severamente el principio de igualdad y el derecho a la educación”.
Las defensoras Pucciarello y Lampolio denunciaron que el gobierno porteño prefiere arriesgar la integridad de los estudiantes a garantizarles la conectividad.
Las defensoras sostuvieron que la revocatoria “vacía de contenido el derecho humano a la educación, aquí particularizado en su vertiente digital, y avala el acrecentamiento de la brecha existente”, e hicieron notar que, “sin acudir a opinión técnica o científica alguna, (la Sala III) afirmó que los recursos materiales en papel dispuestos por el GCBA resultan suficientes”.
Sobre la “irrazonabilidad” que Seijas, Zuleta y Centanaro le endilgaron a la cautelar de Gallardo porque “impone medidas de imposible complimiento”, Lampolio y Pucciarello subrayaron que “no explican por qué ello es así”. En cambio, consideraron que “la evaluación de razonabilidad de la medida parece sencilla si se contrasta que los derechos en pugna son la vida y la salud de la población vulnerable versus el equilibrio financiero del Estado”.
El juez Gallardo había reclamado un “registro judicial de estudiantes con necesidades informáticas no satisfechas”. Para la Cámara, el pedido del magistrado fue “irrazonable.
En el caso del recurso de inconstitucionalidad presentado por Gustavo Daniel Moreno, asesor tutelar ante la Cámara del fuero, remarca que lo dispuesto por el tribunal de alzada “no solamente no garantiza la continuidad pedagógica ‘de manera remota’ en tanto omite pronunciarse sobre la ausencia de conectividad a Internet, sino que la prosecución del proceso principal no asegurará de inmediato y mínimamente la continuidad pedagógica”. Moreno remarcó el impacto que tiene la demora en darle una solución a los miles de estudiantes afectados por la brecha digital: “Ese tiempo no se recupera, en ese tiempo no se educan, no existe un mínimo intercambio con el/la docente. El tiempo perdido es un gravamen irreparable o al menos de insuficiente reparación ulterior”, alertó.
El funcionario del Ministerio Público Tutelar advirtió que “la conducta omisiva de la Administración profundiza la desigualdad”, ya que “no existe igualdad de oportunidades entre las/os estudiantes que cuentan con Internet y computadoras y las/os estudiantes que no acceden a estos elementos”. Para Moreno, esa situación “no puede ser suplida a través de la convocatoria a tales alumnas/os a las escuelas de manera presencial, en medio de los niveles más altos de transmisión viral que registra la Ciudad”. Además, consideró “discriminatoria” la propuesta “ya que tales niñas, niños y adolescentes, además de haber visto vulnerado su derecho a la educación por no contar con elementos para la continuidad pedagógica de manera remota, se verían expuestos a la vulneración del derecho a su salud, en tanto tendrían que salir de sus casas para concurrir a las escuelas”.
Ahora, la Sala III de la Cámara debe evaluar qué hace con los recursos: si los concede y los gira al Tribunal Superior de Justicia (STJ), o si los rechaza. En ese caso, los actores pueden ir “en queja” ante el STJ y ver si la máxima autoridad judicial del distrito abre esa instancia.