El Congreso de la Nación ya tiene en sus manos un instrumento para dar respuesta concreta a los cientos de niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales que no pueden o no quieren ser adoptados, pero desean y tienen derecho a crecer en un entorno familiar. Legisladores y especialistas presentaron un proyecto de ley para modificar el Código Civil y Comercial de la Nación e incorporar la figura del “cuidado permanente”, inspirada en la experiencia que funciona desde 2019 en la provincia de Buenos Aires con el Registro de Cuidadores Familiares.
“Hace pocos días, la Corte Interamericana de Derechos Humanos planteó el derecho humano del cuidado. En este marco, pensamos en este proyecto de ley”, señaló la diputada Mónica Macha (UxP), impulsora de la iniciativa que busca brindar una alternativa a las infancias que hoy no encuentran respuestas en las figuras jurídicas vigentes.
En este sentido, el juez Pablo Raffo, que fue quien ideó la propuesta bonaerense pensando en las chicas y chicos más grandes que crecen institucionalizados, sostuvo que “la imposibilidad de ser adoptados no exceptúa al Estado de su obligación de garantizar el derecho a vivir y crecer en familia de todos los niños y niñas”.
Desde su experiencia al frente del registro de postulantes provincial, Claudia Portillo –recientemente designada jueza de familia– describió una dura realidad: “La franja etaria de niños de 10 a 17 años no tiene demasiados postulantes que quieran adoptarlos. Además, algunos tienen todavía un lazo firme con la familia de origen, no han procesado el duelo o desconfían del mundo adulto, cosa que suele pasar cuando vienen de procesos excluyentes”. También puede suceder que estén en centros de salud o atravesando un consumo problemático. “Entonces –señaló Portillo–, no pueden ser externados, pero sí necesitan de una familia contenedora que los acompañe en esos espacios”.
“La imposibilidad de ser adoptados no exceptúa al Estado de su obligación de garantizar el derecho a vivir y crecer en familia de todos los niños y niñas”, sostuvo el juez Pablo Raffo.
Carolina Videtta, doctora en Derecho, agregó: “Tenemos familias con mucho deseo de cuidar y que están dispuestas. Sin embargo, ya sea porque tienen hijos de otras parejas o por situaciones personales, no quieren generar ese vínculo filiatorio”. Entonces, ¿por qué no pensar una forma de unir estas dos realidades y lograr los tan necesarios encuentros?
Actualmente, las figuras vigentes –adopción, tutela y guarda– no logran cubrir todas las situaciones. “No garantizan el derecho a la vida familiar en aquellos casos en que los niños no puedan retornar a su familia de origen o ampliada y la adopción no sea adecuada para el resguardo de sus derechos”, explicó Videtta quien trabajó en la iniciativa junto con Marisa Herrera, Natalia De la Torre, Raffo y Portillo.
Qué establece el proyecto
La figura de “cuidado permanente” otorga obligaciones y derechos similares al ejercicio de la responsabilidad parental para el niño o niña y para sus cuidadores, pero sin generar un vínculo filiatorio. No son padres e hijos en términos legales, aunque en la práctica puedan llamarse de ese modo o asumir esos roles.
Está destinada a niños y adolescentes a partir de los 10 años que no quieren ser adoptados, a quienes no encuentran familias adoptantes o a adolescentes para quienes la adopción no resulta adecuada. Solo procede cuando no hay posibilidad de retorno a la familia de origen o ampliada, lo que obliga al Estado a garantizar alternativas familiares.
Videtta señaló que la iniciativa está en consonancia con las observaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, que en su séptimo informe periódico sobre Argentina instó a crear entornos comunitarios y familiares de cuidado con el fin de desinstitucionalizar las infancias.
La figura de cuidado permanente otorga obligaciones y derechos similares al ejercicio de la responsabilidad parental para el niño o niña y para sus cuidadores, pero sin generar un vínculo filiatorio.
El proyecto contempla dos modalidades: con convivencia y sin convivencia, para casos en los que por razones de salud los chicos deban permanecer institucionalizados. También prevé que el cuidado permanente pueda ser ejercido por una o más personas cuidadoras registradas, si esto beneficia a la niña, niño o adolescente.
Para garantizar su viabilidad, incluye para las familias cuidadoras una asignación económica equivalente a la Canasta de Crianza del INDEC. “No solamente se trata de crear nuevas figuras, sino de darles una sustentabilidad, una posibilidad real de concreción”, resumió Videtta.
Además, el proyecto establece el Registro Nacional de Personas Cuidadoras, que funcionará bajo la órbita del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos. Tendrá el mismo objetivo que el sistema bonaerense: formalizar una lista de cuidadores permanentes, agilizando las búsquedas frente a situaciones de urgencia.
La experiencia bonaerense
El antecedente nació hace seis años como prueba piloto. La idea surgió cuando el juez Raffo, del Juzgado de Familia N° 2 de San Miguel, buscaba a contrarreloj una familia cuidadora para un adolescente de 12 años internado en un hospital.
Un WhatsApp circuló con un pedido urgente: un niño con VIH necesitaba un entorno de cuidado seguro y personalizado para evitar los riesgos que suponía seguir hospitalizado. Luciana y Guillermo recibieron el mensaje y no miraron para otro lado.
“Yo lo que sentí y lo que le dije a Guillermo fue ‘yo lo abrigo’, porque sentía que podía garantizar derechos”, recordó Luciana durante la presentación del proyecto de ley nacional. Y agregó: “Creo que pasó un mes y ya estaba viviendo con nosotros. Tenemos una tutela que ya venció porque va a cumplir 20 años”.
El antecedente nació hace seis años como prueba piloto del Registro de Cuidadores Familiares, dependiente de la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires.
Para Guillermo –su pareja–, “esta nueva figura jurídica prácticamente elimina los miedos, facilita absolutamente todo, lo hace mucho más llevadero, mucho más sano y rápido. Porque, en nuestro caso, él no quería ser adoptado. Necesitamos que todo el mundo se entere de esto. Necesitamos sacar miedos, quitar miedos”.
Hoy, el joven, ya mayor de edad, está sano y sigue viviendo con Luciana y Guillermo. Su historia muestra de manera tangible cómo un esquema de cuidado alternativo puede transformar una vida.
Esa primera experiencia sirvió para pensar y armar el Registro de Cuidadores Familiares, dependiente de la Corte Suprema de la provincia de Buenos Aires, que se extendió a otras jurisdicciones y hoy cuenta con más de 100 inscriptos. “Este registro garantiza tener personas listas para ser convocadas ante la necesidad de ese niño, niña o adolescente, ya evaluadas y listas, porque la inscripción incluye un proceso de formación obligatorio”, recordó Portillo. “El problema –remarcó– es que tenemos experiencias positivas, donde los niños ya son familia de esas personas que se postularon oportunamente, pero luego, en el marco del proceso, no existe la figura jurídica de cuidador familiar”.
En las exposiciones en el Congreso, la reconocida abogada feminista y experta en familia Nelly Minyersky lo resumió de esta forma: “Bienvenido un instrumento más para estos niños, para estos adolescentes que no terminamos de darles las respuestas correctas”.
Si el proyecto prospera, la Argentina se convertirá en uno de los primeros países de la región en reconocer la figura del cuidador familiar en su Código Civil, con un marco estable y nacional. Un paso que puede transformar la urgencia de cuidar en un derecho garantizado.






