“No es el vivir lo que ha de ser estimado en el más alto grado, sino el vivir bien, rectamente. Y vivir bien, vivir honestamente y vivir justamente son lo mismo”.
Sócrates
La corrupción es la gran protagonista en cuanta conversación sobre Estado y Políticas Públicas se debate, tanto en aquellos intercambios de carácter académico como político, o en el contexto de las y los ciudadanos de la calle.
En todas ellas, la dimensión excluyente sobre lo que es y lo que significa la corrupción, está teñida profundamente de una perspectiva asociada estrictamente a los reprobables actos de obtención de ventajas personales o funcionariales vinculadas a las figuras de la política y de los funcionarios/as de la institucionalidad estatal.
Pero es en el ámbito del debate público y sobre todo desde los medios masivos de comunicación social en donde esta asociación corrupción-política-Estado ha adquirido el carácter de verdad absoluta e indiscutible.[1] En la cotidianeidad de la calle es muy difícil escaparle a esta caracterización, abundantemente desarrollada por los medios de comunicación –oligopolios comunicacionales en realidad – hegemónico. Esta perspectiva que asocia la corrupción a un carácter inherente a la naturaleza de la política y el Estado no sólo es parcial sino que –ostensiblemente- deja invisibilizada la corrupción sistémica de las organizaciones empresariales (el mercado) y de los actores y sujetos individuales vinculados al mismo.[2]
Desde los medios, la asociación corrupción-política-Estado ha adquirido un carácter de verdad indiscutible.
Esta disociación – construida como un sentido común – se ve reforzada por las exigencias de los organismos de financiamiento transnacional[3] y aún por aquellas organizaciones que se proponen luchar contra la corrupción de buena fe, asociando casi siempre la misma a la actuación del Estado y a la falta de escrúpulos del mundo de la política. [4]
Vamos a llamar a esta concepción sobre la corrupción, una perspectiva “restringida” de la misma. No sostenemos que esté equivocada en su búsqueda de integridad y transparencia; tampoco que deban minimizarse las prácticas corruptas en las esfera de la gestión estatal pero si –y esto es relevante- que la perspectiva hegemónica sobre el tema es muy acotada, estrecha y limitada.
También es necesario tomar en cuenta que los niveles de corrupción como modalidad de desapego por las leyes y las normas tienen estrecha relación con lo que cada sociedad en su conjunto avala o permite en torno al tema. No hay Estados corruptos en sociedades virtuosas, Ni mercados transparentes que “sufren” a la corrupción sistémica del Estado. Los niveles sociales de aceptación de las conductas corruptas permean a la organización estatal y empresarial y estas a su vez contribuyen a la profundización de los comportamientos sociales anómicos.
Recuperando significados
En la Grecia clásica, Aristóteles oponía corrupción a equilibrio. La corrupción era, en términos ontológicos, la degeneración, la pérdida de identidad, la stasis, la descomposición de un ser que actúa de un modo ajeno al de su propia naturaleza. Que se desvía, que tuerce el fin para el que fue concebido. Su opuesto era sofrosine (el equilibrio) o la armonía, en última instancia buscando el fin supremo de la areté (la excelencia).
Se suele invisibilizar la corrupción sistémica de las organizaciones empresariales (el mercado).
En nuestro idioma el término corrupción proviene sin embargo del latín. En su versión original la palabra proviene de la unión de com (junto) y rumpere (romper). De esa unión surge la definición de corrupción como el quiebre y la destrucción, dañar, pervertir, alterar totalmente de algo.
De estas definiciones originales proponemos asociar la mirada aristotélica y la perspectiva latina: la corrupción como proceso de desnaturalización y extrañamiento de lo que fue concebido para otro fin.
De modo que, la primera pregunta para ingresar a las definiciones sobre la corrupción estatal es preguntarnos por el sentido que debe tener la organización estatal en nuestras sociedades. Para poder analizar, describir y –sobre todo- definir estrategias para evitar la corrupción, la primera pregunta es sobre la naturaleza, los fines y el rol del Estado en nuestras sociedades. Si no definimos el rol y la naturaleza del Estado –digamos , establecer para qué lo constituimos como organización de la sociedad- no podremos detectar cómo se “corrompe”.
La primera definición sobre lo que el Estado es y hace debe estar “situada”: el sentido, el rol y los fines del Estado en América Latina.
Nuestros estados se despliegan en el continente más desigual del mundo; en donde las inequidades económico-sociales y las desigualdades de acceso a los bienes materiales y simbólicos son la regla y no la excepción.
No hay Estados corruptos en sociedades virtuosas, Ni mercados transparentes que“sufren” a la corrupción sistémica del Estado.
La segunda definición es sobre cuál es el deber ser de nuestro Estado: la búsqueda del bien común entendida como el logro de políticas públicas que apunten en su conjunto a la reducción de las brechas de desigualdad e inequidad. [5] El bien común en nuestras sociedades implica una definición de políticas públicas que no distribuya por igual entre desiguales, sino que contemple en su definición el desarrollo de acciones orientadas/surgidas tomando en cuenta las necesidades y situaciones de los/as más vulnerables.
Una tercera definición es la búsqueda de la desmercantilización progresiva de bienes que consideramos como parte de los Derechos Humanos, no sujetos a la elección de un comprador privado potencial (consumidor), sino de provisión como derecho (ciudadano/a): servicios de salud, educación, cuidados a la infancia y a los adultos mayores, comunicación amplia y disponible, empleo formal, vivienda y acceso a bienes culturales.
Una cuarta faceta del rol de nuestros estados latinoamericanos está vinculado a generar las políticas que garanticen no sólo la “igualdad de oportunidades”[6] sino la igualdad de acceso: no alcanza con –por ejemplo- construir las escuelas o los hospitales: hay que generar las condiciones de apoyo estatal que garanticen que los padres envíen sus niños a la escuela, que se asegure el transporte, la alimentación, la vestimenta y los útiles a cada niño/a sin excepciones. Este ejemplo podríamos extenderlo a todos los derechos enunciados en el acápite anterior.
Una quinta dimensión para definir lo que el Estado es y su rol constitutivo es el de la búsqueda de la equidad de género[7]: nuestro Estado se ha constituido en una sociedad profundamente patriarcal, durante décadas era –sobre todo en los ámbitos funcionariales y aún lo sigue siendo- un Estado masculino.
No alcanza con construir escuelas, hay que generar las condiciones para que los padres envíen allí a sus niños.
Otra dimensión constitutiva de los Estados Latinoamericanos es la de intervenir para promover el desarrollo de una economía sustentable y a la vez regular y morigerar los impactos negativos del despliegue incontrolado del capital en nuestras sociedades[8]. Diríamos que los niveles de control deben ser compatibles con la expansión de empleos genuinos y bien remunerados, el cuidado del medioambiente y de las iniciativas económicas nacionales frente a las transnacionales o deslocalizadas.
Una séptima definición fundante de nuestros Estados es la cuestión de la captación equitativa de recursos para las políticas públicas[9]. Hay una amplia literatura económica y académica que ha señalado la regresividad de nuestros sistemas impositivos: lejos de una política que apunte a mayor equidad en la distribución de las cargas impositivas, los sistemas recaudatorios del Estado en general premian con baja carga a las personas físicas o legales de mayor ingreso y obligan a las mayorías trabajadoras con cargas impositivas regresivas y crecientes.
Por último y no menos relevante, alcanzar estos fines fundantes con el uso racional, justo y transparente de los recursos de carácter público. Garantizar procedimientos y modalidades de funcionamiento que reduzcan y/o eliminen las prácticas de desmanejo, mal uso o desvío de recursos de carácter estatal para beneficio individual, partidario o empresarial.
De modo que si tuviéramos que ensayar una definición de la naturaleza de nuestros Estados, su razón de ser primaria, su fin supremo de areté, de excelencia, contendría estas características: buscar el bien común logrando la reducción de las brechas de desigualdad e inequidad; promover la desmercantilización progresiva de bienes y servicios en base a entenderlos como un derecho humano; alcanzar la igualdad de oportunidades garantizando igualdad de acceso; promover la equidad de género; intervenir para promover y regular una economía sustentable; captar en forma equitativa los recursos para las políticas públicas y, finalmente, hacer un uso racional, justo y transparente de los recursos de carácter público.
El Estado debe buscar el bien común, reduciendo las brechas de desigualdad e inequidad.
Hacia una conceptualización mas amplia de la corrupción
¿Cómo definir entonces a la corrupción? Toda vez que el Estado, sus funcionarios y su personal – por sí mismos o en alianza con los actores del mercado o de la sociedad civil – realizan una acción que contraría la naturaleza y el destino para el cual ha sido constituido el Estado, estamos frente a un acto de corrupción.
Estamos tan “construidos” en la visión que iguala únicamente corruptela a malversación de recursos que quizás sean necesarios algunos ejemplos.
Cada vez que se toma una decisión de política pública que profundiza la desigualdad e incrementa la inequidad en nuestras sociedades, estamos frente a un acto de corrupción de la naturaleza del Estado. Reducirle los ingresos jubilatorios a las personas de la tercera edad -por ejemplo- es una acto de corrupción estatal, pues lesiona el principio de la equidad al dañar, precisamente, lo que el Estado por definición debería sostener y mejorar.
Una definición de política educativa que busca y tiene como resultado reducir las posibilidades de ingreso a la educación pública y gratuita para les niñes es una medida claramente corrupta. Es constitutivo del Estado garantizar la educación pública y no disminuirla.
Desplegar políticas que no tengan en cuenta la perspectiva de género, promover modalidades de contratación que privilegien un género sobre otro, o promover políticas públicas de odio hacia las diversas identidades de género desde el Estado son todas medidas corruptas. Desnaturalizan la búsqueda de la equidad de género, constitutiva de la naturaleza equitativa que debe tener el Estado.
Estamos “construidos” en una visión que iguala únicamente corruptela a malversación de recursos.
Reducir las capacidades estatales de regulación y control sobre la economía, las empresas y el capital es claramente un acto de corrupción. Generalmente va a acompañado con restricciones o eliminación de controles ambientales a favor del desarrollo empresarial, poniendo en riesgo el bien común (que en este caso son los bienes y recursos ambientales).
Una forma muy particular de corrupción es la de asignarle cargos públicos a gerentes/empresarios que se hacen cargo de áreas afines a su desarrollo empresarial previo.[10] Las incompatibilidades formales se ven aumentadas cuando esos funcionarios toman medidas que favorecen claramente a las empresas o al segmento empresarial del que provenían y al que vuelven una vez finalizada la gestión pública. Procesos de “captura” de la esfera pública que han sido fuente de corrupción en varios sentidos.[11]
Consideremos el caso de aquel funcionario o empleado/a que toma un cargo público sin ningún otro fin u objetivo que el de obtener dinero (como pago, no ilegalmente) y acrecentar su poder o prestigio. Imaginemos que durante el tiempo a cargo de la función no realizó ningún esfuerzo adicional por perfeccionarse o mejorar su tarea. Pensemos que no comete ningún delito penado por la legislación anticorrupción, pero , tampoco desempeña ninguna función. No hacer nada y estar en un cargo estatal también es una forma de corrupción.
Organizar, tomar medidas desde el Estado hacia un sistema recaudatorio que castigue a los mas vulnerables y premie a los mejor posicionados económicamente, es claramente un caso de corrupción en tanto desnaturaliza el rol de búsqueda de la equidad que define al Estado.
Reducir los haberes jubilatorios es un acto de corrupción estatal.
Y claro, finalmente llegamos a la corrupción “restringida” : el cobro de sobornos , los sobresueldos “en negro”, el trabajo incompatible por conflictos de intereses, el funcionamiento que premia por motivos corporativos, el no respeto de las leyes, los abusos de poder jerárquico y toda la amplia gama de corruptelas que están tipificadas con mayor o menor detalle, y que son dañinas para el estado en varios niveles: malgastar recursos que pertenecen a toda la sociedad, pérdida de confianza de la población, disminución de sus capacidades de gestión por falta de recursos.
En esta concepción restringida sobre la corrupción ingresa también la corrupción de los actores organizacionales del mercado (en términos más simple, las empresas), usualmente dejadas en las sombras cuando de la definición de corrupción estatal se trata. Hay una recurrencia en los modos de corrupción empresarial y su vinculación con el Estado que, en algunos casos, abarca inclusive a diferentes períodos de gobierno junto a una misma empresa. La esfera público-privada es en los casos de corrupción, una unidad, aunque en la percepción mediática y judicial se las escinda usualmente, cargando las tintas sólo sobre la esfera estatal o la política.
Los modos de lucha contra las corrupciones
El modo tradicional con el que se viene enfrentando la corrupción está basado en la perspectiva que define una corrupción restringida: un conjunto de normas (legislación general y particular) que limitan las posibilidades de desplegar actos de corrupción a los funcionarios de carácter político y los empleados de carácter técnico. Prohibiciones de todo tipo que abundan en los manuales anticorrupción o en los código de ética y que se centran en evitar actos de corrupción reprobables como cohechos, sobornos, incompatibilidad de intereses, sobreprecios, direccionamiento de compras y contrataciones, nepotismo, etc.
Una forma muy particular de corrupción es la de asignarle cargos públicos a gerentes/empresarios que se hacen cargo de áreas afines a su desarrollo empresarial previo.
Estos mecanismos no deben reducirse sino ampliarse y mejorarse.
¿Alcanza con estas disposiciones?
Si la lucha es contra lo que entendemos como “corrupción amplia” evidentemente no será suficiente con normas y leyes que operan, sobre todo, cuando los actos de corrupción ya se han cometido.
Es necesario desarrollar mecanismos que permitan redefinir y reorientar las políticas públicas basadas en actos o decisiones básicamente corruptas: aquí es cuando es necesario desplegar sistemas de seguimiento, de control de resultados y finalmente de evaluación y de impacto que tempranamente den cuenta del desarrollo de procesos corruptos en el Estado per sé y/o junto con organizaciones empresariales o de la sociedad civil.
La participación ciudadana cumple aquí un rol central. No sólo como “revisora de cuentas” o control del gasto y la inversión estatal sino –sobre todo- como garante de la no implementación de políticas públicas corruptas en los términos que las hemos definido. Los diversos mecanismos de evaluación y seguimiento junto a la participación ciudadana en los niveles de gestión del Estado y como control social sobre el mercado, son la garantía de lograr detectar y evitar que se lleven a cabo políticas públicas asentadas en la corrupción. Y , al detectarlas , la posibilidad de modificarlas y corregir los rumbos durante y no al final de las mismas.
La participación ciudadana tiene un rol central como garante de la no implementación de políticas públicas corruptas.
Retomando los conceptos centrales: La corrupción no es un fenómeno estrictamente económico financiero. Esa perspectiva de una corrupción “restringida” debe ampliarse para abordar la corrupción como resultado del hacer y del sentido de las políticas públicas.
La corrupción no es un fenómeno inherente a la naturaleza del Estado; está, siempre , asociada a los niveles de corrupción que la sociedad civil acepta y tolera como sistémica. La corrupción afecta por igual a las organizaciones privadas y , en la mayoría de los casos es una relación inescindible de la corrupción estatal. No puede lucharse contra la corrupción estatal sin incluir la corrupción empresarial y viceversa.
La corrupción en sus diversas dimensiones es, finalmente, no sólo un problema de gestión sino un problema que afecta los consensos sociales sobre los modos en que el Estado y la política deben intervenir para avanzar hacia un nuevo contrato social basado en la equidad, la inclusión , la preservación de los bienes ambientales y el cuidado de los más vulnerables. La corrupción nos conduce hacia la desilusión y desde allí a sociedades sin política; que es lo opuesto de una verdadera democracia.
[1] Salomé Sola-Morales ; Ricardo Rivera Gallardo. El tratamiento periodístico sobre la corrupción política. Análisis comparado del caso SQM en Chile y del caso de Bárcenas en España. Estudios sobre el Mensaje Periodístico. Ediciones complutense. file:///C:/Users/HP/Downloads/55619-Texto%20del%20art%C3%ADculo-109092-2-10-20170621.pdf
[2] Koziner, Nadia; Zunino, Esteban; Aruguete, Natalia; Las fuentes de la corrupción; Universidad Nacional de Buenos Aires.Facultad de Ciencias Económicas. Plan Fénix; Voces en el Fénix; 74; 12-2018; 76-81.
[3] Ver: OCDE-UNODC-BANCO MUNDIAL. Etica anticorrupción y elementos de cumplimiento. Manual para las empresas. 2013. https://www.unodc.org/documents/corruption/Publications/2014/Etica-Anticorrupcion-Elementos-Cumplimiento.pdf
[4] Rincón Patiño (compilador); Corrupción y Derechos Humanos. Estrategias por la transparencia y contra la impunidad. . IPC, Instituto de Capacitación de la corporación de Promoción Popular, Medellín, Colombia. RED DE BIBLIOTECAS VIRTUALES DE CIENCIAS SOCIALES DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE, DE LA RED DE CENTROS MIEMBROS DE CLACSO. http://biblioteca.clacso.edu.ar/ar/libros/colombia/ipc/rincon.pdf
[5] Graglia, J. Emilio En la búsqueda del bien común : manual de políticas públicas . – 1a ed. – Buenos Aires : Konrad Adenauer Stiftung, 2012.
[6] Igualdad de oportunidades. Programa de capacitación multimedial. Ministerio de Trabajo. Argentina . 2010. http://www.trabajo.gob.ar/downloads/domestico/explora_fasciculo_01_Igualdad_de_Oportunidades.pdf
[7] María Cristina Benavente ; Alejandra Valdés. Políticas Públicas y equidad de género. CEPAL_ONU. 2020. https://repositorio.cepal.org/bitstream/handle/11362/37226/1/S1420372_es.pd
[8] García Delgado, Daniel (compilador). Rol del estado y Desarrollo productivo inclusivo.FLACSO- CICCUS. Bs.As.
[9] Alfredo Iñiguez y RafaelA. Selva. Un cuarto de siglo de política tributaria regresiva. http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/15315/Documento_completo.pdf?sequence=1&isAllowed=y
[10] Paula Canelo, Ana Castellani y Julia Gentile. Articulación entre elites económicas y elites políticas en el gabinete 117 nacional de Mauricio Macri. (2015-2018). En: Elites y captura del Estado. Control y regulación en el neoliberalismo tardío. 1a ed. compendiada. – Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Flacso Argentina, 2018.
[11] Daniel García Delgado, Cristina Ruiz del Ferrier y Beatriz de Anchorena. (comp.) .Elites y captura del Estado. Control y regulación en el neoliberalismo tardío. 1a ed. compendiada. – Ciudad Autónoma de Buenos Aires : Flacso Argentina, 2018.