La Cámara Nacional Electoral avaló el corrimiento en las listas de La Libertad Avanza tras la renuncia de José Luis Espert. Está en juego no sólo la legitimidad de un proceso electoral sino la aplicación real —o puramente decorativa— de la Ley de Paridad de Género. El juez Alejo Ramos Padilla había declarado inconstitucional parte del decreto reglamentario que habilita esa maniobra. ¿Garantismo formal o desigualdad estructural?
La escena: Espert se baja, el poder se acomoda
En un clima político cada vez más contaminado por operaciones, candidaturas sin arraigo territorial y partidos-cáscara, la obligada renuncia de José Luis Espert a su candidatura como primer diputado por la provincia de Buenos Aires dentro de La Libertad Avanza no fue un hecho menor. Envuelto en un escándalo de vinculaciones con el narcotráfico, la justicia argentina lo investiga porque habría recibido USD 200.000 del empresario Federico “Fred” Machado, investigado en los EEUU, en un distrito al este de Texas, donde una sociedad ligada al empresario figura como parte de una estructura involucrada en lavado de activos, narcotráfico y estafa, entre otros delitos.
Más allá del oportunismo de la renuncia, cálculo político o tal vez única salida posible frente a la escalada que lo puso en el centro de la escena una semana antes -con sospechas de vínculos oscuros, corrupción y lavado-. Al escándalo se le sumó más escándalo: el intento de colocar a Diego Santilli como primer candidato, en reemplazo de la candidata natural y siguiente a Espert en la lista Karina Celia Vázquez o “Karen Reichardt”, arbitrariamente y en abierta tensión con las reglas de la paridad de género.
Pero no es sólo una disputa de nombres. Lo que está en juego es la forma en que el sistema judicial interpreta -y muchas veces traiciona- el espíritu de las leyes que buscan ampliar derechos.

La ley, el decreto y el problema de fondo
La Ley 27.412 de Paridad de Género establece que las listas electorales deben estar compuestas alternadamente por mujeres y varones, desde el primer candidato/a hasta el último suplente. Esa norma fue reglamentada por el Decreto 171/2019, firmado por Mauricio Macri, donde se define, entre otras cosas, que si un candidato/a renuncia, debe ser reemplazado por alguien del mismo género.
Parece lógico. ¿Pero qué pasa cuando el reemplazo ocurre en el primer lugar de la lista y la alternancia real termina beneficiando -de nuevo- a los varones?
Eso es lo que advirtió el juez federal con competencia electoral de La Plata, Alejo Ramos Padilla, quien resolvió en primera instancia declarar la inconstitucionalidad del artículo 7° del decreto en el caso particular de La Libertad Avanza. ¿La razón? Si un varón (Espert) renuncia y automáticamente otro varón (Santilli) lo reemplaza, la paridad real desaparece, y se consagra la supremacía masculina en la cabeza de lista. Aunque la alternancia se respete formalmente, el espíritu de la ley queda vacío.
El juez sostuvo que no podía aplicarse un decreto reglamentario -dictado por el Ejecutivo- por encima de una norma de orden público que busca corregir una desigualdad histórica.
El fallo de la Cámara Electoral: legalidad sin justicia
La Cámara Nacional Electoral, en cambio, revocó el fallo de Ramos Padilla y avaló que Diego Santilli encabece la lista. Lo hizo aplicando de forma estricta el artículo 7° del decreto 171/2019, sosteniendo que:

-La sustitución debe hacerse respetando el género del renunciante (varón por varón).
-La paridad es un principio de cumplimiento formal, sin que el juez pueda interpretarla a la luz de sus efectos reales.
El juez de grado se extralimitó al declarar inconstitucional una norma reglamentaria.
Lo que aparece aquí es un viejo dilema judicial: ¿la ley debe aplicarse por su letra o por su espíritu? ¿Es paridad tener una lista 50/50 pero que, tras una serie de renuncias, ubique a los varones en todos los lugares expectables y a las mujeres en los simbólicos?
La Cámara parece no hacerse esa pregunta. En nombre de la seguridad jurídica, y de un rigorismo formal, acotado solo a la literalidad de la norma naturaliza una práctica que en la realidad afecta la representación efectiva de las mujeres y abre la puerta a las maniobras de los partidos para acomodar figuras “fuertes” sin internas ni participación.
La trampa del formalismo
El debate no es técnico. Es profundamente político. La paridad no es una norma estética ni una concesión simbólica. Es una herramienta para corregir siglos de exclusión. La reglamentación de Macri, lejos de facilitar ese camino, introduce una trampa: al exigir el reemplazo por género, sin considerar las posiciones en la lista ni los efectos reales, termina operando como una defensa de los aparatos patriarcales que aún dominan la política argentina.
Lo que hizo Ramos Padilla fue advertir esta trampa. Lo que hizo la Cámara fue legitimarla.
¿Justicia electoral o administración del poder?
El caso de Espert y La Libertad Avanza no es un hecho aislado. Es un síntoma. La justicia electoral argentina, lejos de ser un árbitro imparcial del juego democrático, funciona muchas veces como un engranaje del poder político real, protegiendo estructuras, interpretando según conveniencia, aplicando la ley de forma selectiva.
Cuando se trata de proteger derechos colectivos, como la igualdad de género, el sistema se torna rígido, literal, insensible. Cuando se trata de proteger intereses partidarios —sobre todo si responden al poder económico o mediático—, se torna “pragmático”, “flexible”, “realista”.
El resultado está a la vista: listas manipuladas, boletas que no reflejan el voto, candidaturas digitadas desde escritorios, y un principio de paridad reducido a una casilla a tildar.
No todo está dicho: lo político también se disputa.

A pesar de los fallos, de los decretos y de las maniobras, hay algo que no pueden controlar: la conciencia política de quienes luchan por ampliar derechos. La batalla por la paridad no se juega solo en los tribunales, sino en los sindicatos, en las universidades, en los barrios, en las organizaciones feministas, en cada espacio donde las mujeres y disidencias exigen no solo estar, sino ser.
No se trata solo de leyes, sino de poder real. Y en ese terreno, la justicia electoral —como tantas veces antes— ha elegido del lado de los que quieren que todo cambie, para que nada cambie.
Epílogo
Como dijera Néstor: “Las leyes pueden escribirlas los poderosos, pero la historia la escriben los pueblos que no se resignan”. La paridad no es un favor. Es un derecho. Y como tal, no se mendiga.
*Abogada (Abogadas Justicialistas)






