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El trabajo sin derechos y la dictadura del capital

Por Natalia Salvo
11 febrero, 2025
El trabajo sin derechos y la dictadura del capital

El gobierno busca fulminar las leyes laborales para que no queden registros de su existencia en la memoria colectiva. La demonización libertaria y el verso del sacrificio eterno.

El 10 de diciembre, en el día Internacional de los Derechos Humanos y a 41 años del retorno de la democracia, el gobierno de La Libertad Avanza presidido por Javier Milei cumplió su primer año de gestión.

El capital concentrado – internacional con terminales locales y en alianza con el nacional, la vio. 

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Para avanzar en la profundización del esquema de transferencia de recursos, desde los sectores populares hacia ese conglomerado de poder, y cumplir con el sueño húmedo de la derecha argentina en el afianzamiento de esa matriz económica financiera, fue y es imprescindible fulminar derechos laborales y que no quede registro en la memoria colectiva de su existencia.

Generar una narrativa que justifique esa pérdida – y dar la batalla cultural para ese propósito – fue y es tan medular como concretizar la precarización de salarios y jubilaciones, y desterrar políticas que palien desigualdades estructurales como las que sufren inquilinos e inquilinas, los feminismos y el colectivo LGTQB+, entre otras víctimas del sistema.

Negar las desigualdades estructurales que produce el capitalismo ilimitado sin freno ni planificación estatal, es el axioma fundante del retorno de la libertad formal del siglo XIX, la vuelta al mundo preindustrial sin derechos sociales, la negación de la división sexual e internacional del trabajo, y el regreso de la dictadura del capital.

Nadie acepta perder derechos gratuitamente, ni siquiera cuando no es cifrado como conquista. El aguinaldo es un ejemplo.

En este marco, la narrativa sacrificial es central. 

De este país se sale laburando y en 30 años – cuando seamos Alemania según los gurúes anarcolonialistas – esta concesión traerá frutos. 

Del mismo modo se naturaliza, acepta y justifica la poda de remedios gratuitos a jubilados y jubiladas, la falta de provisión de alimentos a comedores, en continuidad de planes establecidos por ley, o la ausencia de entrega de medicamentos oncológicos.

El horror, nunca se presenta como tal.

¿Quién no se sacrificaría para que sus hijos, en la posteridad, estén mejor?

Establecer puentes causales es una actividad eminentemente política y velar esa conexión – con la insoslayable ayuda del pensamiento único -, retorna al igual que la farandulización de la política, la pizza y el champagne, y el individualismo como mantra social.

En esta lógica de postular el pasado como futuro, vuelve como en los años 90 – Consenso de Washington mediante -, el déficit fiscal cero, la reducción del Estado, la intermediación y empoderamiento del capital financiero con las ART, el fondo de cese laboral, las AFJP con nombres eufemísticos, la venta del patrimonio público y las privatizaciones de empresas neurálgicas como Aerolíneas Argentinas.

El peronismo hace 70 años que empobrece al pueblo y el kirchnerismo dejó la economía en bancarrota, son dos muestras de esa actividad causal creada por la díada mediática empresarial enquistada como discurso válido, aunque la participación en el PBI de los laburantes haya superado el fifty fifty en 1974 (con Perón) y en 2015 (con Cristina Fernández de Kirchner).

No es el único “eterno retorno”.

El fin del trabajo (con derechos), es otro mantra que parece emerger, sin historicidad.

¿Está mal trabajar?

El actual secretario de trabajo, Julio Cordero, en septiembre de 2023 cuando aún era abogado de la Unión Industrial Argentina (UIA), habló en la Comisión de Derecho del Trabajo de la Cámara de Diputados de la Nación, en el marco del debate sobre proyectos legislativos que establecían la reducción de la jornada de trabajo.

Los mismos que pregonan la modernización del derecho laboral y se rasgan las vestiduras por la vetustez de una Ley de Contrato de Trabajo de 1974 y convenios colectivos de 1975, defienden la ley 11.544 que dispone la jornada en ocho horas diarias, del año 1929. 

En su alocución interrogó a la sala: “¿Está mal trabajar? ¿Para qué trabajar menos, para ir afuera a hacer qué?”

En teoría (otra vez los puentes causales), trabajar menos traería aparejado el quiebre masivo de MIPYMES y la inviabilidad del sistema.

Al parecer nada tiene que ver la dolarización de las tarifas que pagan esas empresas, la monopolización de sectores de la economía que destruye al pequeño y mediano empresario, o la caída del consumo que impacta en la estrangulación del mercado interno.

Algo similar dijo la UIA – que representaba formalmente en ese entonces Julio Cordero -, cuando se debatió en 1913 la reducción de la jornada.

“No puede ser adoptada en esas industrias nuestras por razones económicas que plantean este dilema: o trabajar mas de ocho horas o cerrar el establecimiento. Porque esas industrias no podrán competir con las extrajeras cuando sus obreros trabajan sólo ocho horas” (Héctor Recalde, “Una historia laboral jamás contada”, Ed: Corregidor, 2012)

Nada de eso sucedió.

Lo que si aconteció es que se puso de manifiesto la puja distributiva entre el capital y el trabajo. Más ganancias menos salario, más salario menos rentabilidad. 

La narrativa que justificaba esa conquista progresiva que debate el mundo, relativa a reducir la jornada de trabajo sin mengua en la remuneración, era el bienestar de los trabajadores, el afianzamiento de las relaciones humanas por el mayor tiempo laborado, y la dignidad.

Curioso método que acrecienta las arcas del capital concentrado.

En síntesis, las conquistas laborales y sociales no son la causa de justificación del endeudamiento, la crisis económica o la desventura del país, más bien la política económica del capitalismo financiero voraz que pretende el retorno a la lógica colonial.

Las promesas cumplidas de Milei

En campaña presidencial, Javier Milei prometió terminar con los derechos laborales, a los que llamó privilegios, afianzar la libertad de los trabajadores y terminar con la casta sindical.

Este discurso fue posible por la pavimentación del macrismo con la estigmatización y persecución de los sindicatos y dirigentes gremiales (la necesidad de la Gestapo sindical), los abogados laboralistas (Macri llamó a Héctor Recalde “el jefe de la mafia de los abogados laboralistas” en un discurso institucional) y las personas que trabajan.

La narrativa estaba instalada.

En este contexto no resultó extraño que definiera a la justicia social como el cáncer de la sociedad.

Apostilla: este vicio recurrente y obsesivo de la derecha de patologizar a las mayorías incomodas para despejar el camino a la destrucción de la “enfermedad”.

El virus “kuka” es una muestra cabal.

La justicia social ya está introducida conceptualmente en la encíclica papal Rerum novarum (1891), en el Tratado de Versalles (1919) del mundo de la posguerra, y en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

El 14 bis no es artículo precisamente peronista dado que fue la resultante magra de la derogación de facto de la Constitución Nacional de 1949, que establecía ampliamente los derechos laborales, de la ancianidad y la función social de la propiedad, la rentabilidad y la actividad económica.

Volvamos a las promesas de campaña cumplidas.

A través del DNU 70/23 – una de las primeras medidas de este gobierno que tiene el fetiche de la legalidad para hacer ilegalidades -, y que fuera suspendido respecto de la llamada reforma laboral (Capítulo IV) por una acción judicial de la CGT, se propuso entre otras cuestiones:

+ Eliminar las indemnizaciones agravadas por incumplimiento de la obligación patronal de falta o deficiente registro de la relación laboral para trabajadores del sector privado, casas particulares y agrarios.

+ Imponer un fondo de cese laboral similar al estatuto de la construcción (Ley 22.250, 1981) que los neo reaccionarios llaman “mochila argentina”.

+ Reducir el ámbito de aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo a un universo prácticamente inexistente, consolidando la deslaboralización de las relaciones que entrañan trabajo dependiente.

+ Fulminar el principio de irrenunciabilidad de derechos y pro-operario de interpretación, en caso de duda, a favor del trabajador.

+ Derogar virtualmente la presunción de existencia de una relación de trabajo dependiente.

+ Imposición del banco de horas con el fin de romper la limitación de la jornada de trabajo. 

+ Terminar con las indemnizaciones por despido discriminatorio.

+ Ampliar el período de prueba.

+ Reducir las indemnizaciones por despido arbitrario.

Estas son solo algunas modificaciones, aunque todas tienen la teleología de destruir derechos laborales para hacer a las relaciones de trabajo más autoritarias y, por tanto, disciplinadas y rentables.

En materia de derechos colectivos, también prometió terminar con la ultraactividad de los convenios colectivos de trabajo, limitar la realización de asambleas y vaciar de contenido el derecho de huelga, entre otras propuestas regresivas.

En suma, fulminar el tímido artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Luego, en la llamada Ley de Bases sancionada este año, se consolidaron algunas de estas modificaciones legislativas inconstitucionales, que ratificaron normativamente la destrucción de derechos.

En teoría, cumplir con la reducción de “costos” laborales que no son ni más ni menos que derechos humanos.

Esta Ley 27.742 cumplió con la demanda pétrea del sector empresarial y derogó las indemnizaciones y multas dispuestas en las leyes 24.013, 25.323 (ausencia o registración defectuosa) y 25.345 (sanción por falta de integración de aportes y contribuciones retenidos por el empleador con destino a los organismos de la seguridad social y sindical).

Además, modificó la ley de contrato de trabajo (20.744) e introdujo como injuria laboral que habilita al despido con causa del trabajador, los “bloqueos o tomas de establecimiento”, de manera que un trabajador no pueda ejercer el derecho humano fundamental de la libertad sindical impuesto en el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), tratado internacional con jerarquía constitucional.

También le puso tarifa a la discriminación, ya que despedir por móviles de esa índole solo va a salir un poco más caro.

Por otra parte, volvió a consagrar el discurso emprendedurista y freelance del trabajo autónomo dependiente (¿?), al habilitar a un empleador a contratar hasta tres trabajadores de modo independiente, legalizando el fraude laboral vedado por el artículo 14 de la Ley de Contrato de Trabajo.

En materia de derecho sindical circulan, a propuesta del oficialismo, sendos proyectos para modificar la Ley de Asociaciones Sindicales sancionada con un amplio consenso partidario en 1988 (23.551), en entente con la Ley de Procedimiento para la Negociación Colectiva (ley 23.546), con el objetivo inclaudicable de quebrar el modelo sindical argentino y retornar a un mundo sin sindicatos.

Dicen que el que nomina domina.

Si abandonamos la disputa simbólica e histórica sobre los derechos sociales, la narrativa del capital que impone el sacrificio a la única clase de personas, las que trabajan, será un éxito para consolidar la dictadura del capital.

(*) Abogada laboralista y profesora universitaria. Presidenta de la Corriente de Abogadxs Laboralistas 7 de Julio.

*Esta nota fue publicada en el número 56 de la revista Contraeditorial.

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Tags: CGTConsenso de Washingtonconvenios colectivos de trabajoDerechos HumanosdesocupaciónHéctor RecaldeJavier MileiJulio Corderokirchnerismoleyes laboralesperonismotrabajo
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