Contraeditorial

Las tres medidas: el 21 y el 22 (el loco) blanqueo

El Poder Ejecutivo Nacional publicó en el Boletín Oficial tres medidas de gravedad e impacto para los trabajadores y trabajadoras de nuestro país.

Por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/25 promueve la desregulación del sistema marítimo, eliminando restricciones sobre la nacionalidad de tripulación de buques de bandera nacional o internacional, lo que determina la posibilidad de que trabajadores con condiciones laborales de otros países más pauperizados puedan realizar tareas en buques de nacionalidad argentina. Además de habilitar a embarcaciones extranjeras a realizar tareas de embarque, desembarque y navegación de en nuestros ríos interiores.

Hay antecedentes, pues claro, esta gente no trae novedades que no hayan sido puesta en prácticas por gobiernos de similares métodos y modelos. Por el Decreto 817/92, Domingo Felipe Cavallo ya había modificado sustancialmente la actividad portuaria y la libre contratación de trabajadores extranjeros en buques de bandera nacional, junto con la suspensión de más de 60 Convenios Colectivos de Trabajo de toda la actividad.

Pero la novedad es que, en medio de dicha normativa, se cuela un inconstitucional modo de violentar el ejercicio del derecho de huelga.

En efecto, desde el artículo 3 de dicho DNU se modifica la Ley 25.788 que en el año 2004 derogó la ley conocida como Ley Banelco, por ser recordada su aprobación mediante sobornos en el Senado de la Nación. Aquella Ley 25.250, traía entre sus disposiciones la implementación de mecanismos de igual modo ilegales de limitación del derecho de huelga, es por esa razón que la Ley 25.788 de 2004 derogó esas arbitrariedades (similares a las presentes) y estableció un régimen de dotaciones mínimas cuando los trabajadores y trabajadoras de aquellas tareas consideradas esenciales llevaran adelante un conflicto laboral colectivo, recuperando la plena vigencia del Derecho Constitucional de Huelga. Otra coincidencia: en aquel año 2000, fecha de sanción de la Ley Banelco, el funcionario que destacaba era un tal Federico Sturzenegger.  

Lo cierto es que el DNU de este 25 años mayor Ministro de Desregulación, vuelve con la vieja y remanida formula de pretender derogar virtualmente el ejercicio del Derecho de Huelga.

El Decreto 340/25 señala modificaciones en la tereas consideradas esenciales, incorporando la enseñanza primaria y secundaria. La causalidad es la cada vez más elevada conflictividad que se comienza a instalar en el sector docente, a partir del estado de situación de los salarios y la pérdida del poder adquisitivo en más del 30% desde diciembre de 2023.

La modificación incluye que, en el caso de tareas denominadas esenciales, la dotación mínima en caso de conflictos colectivos deberá ser de al menos el 70 % del total de la dotación.

Pero incluye una novedad de confusa interpretación: aparece el concepto de “actividades de importante trascendencia”. Un oscuro concepto donde aparecen las más variadas tareas para ser incluidas, entre las que además se incorpora a aquellas que pueden estar referidas al comercio exterior. Agrega que una Comisión de “Garantías”, puede fijar otras actividades incluidas entre éstas de “trascendentes” consideración, con la más amplia gama de ofertas que alcanza hasta las relacionadas con la afectación de “metas de recaudación asociadas a las políticas de equilibrio fiscal” (inc d). En este supuesto, la dotación mínima debe alcanzar el 50 % del total del personal.

El DNU es claramente inconstitucional, el contenido normativo viola no sólo el artículo 14 bis de la Constitución Nacional (CN), sino también el artículo 75 inc. 22, que incorpora con rango Constitucional una docena de tratados internacional de Derechos Humanos, que avalan las distintas modalidades de protestas que llevan adelante las organizaciones sindicales, en uso de facultades propias del ejercicio de Libertad Sindical. Del mismo modo, los Convenios de la Organización Internacional de la OIT N°87 y la Opinión Consultiva 27/21, entre otros instrumentos internacionales que garantizan el ejercicio de tan elemental derecho colectivo.

No es el único movimiento antisindical que el Boletín Oficial del día 21 de mayo trajo entre sus bolsones anti obrero. Por el DNU 341/25 se promueve la eliminación virtual de la Paritaria Nacional Docente, con la modificación a la Ley 26.075 promulgada en enero de 2006, de Financiamiento Educativo, que tuvo por objeto fijar la pauta salarial y condiciones laborales del sector docente como piso mínimo destinado a delimitar la negociación del sector docente en las Provincias Argentinas. ¿Causalidad? Ninguna, similar medida fue adoptada en el antecedente próximo libertario, el gobierno de Mauricio Macri, que también intentó derogar la Paritaria Nacional Docente y más aún llevó al Consejo de la Magistratura a la recordada valiente jueza Dora Temis, fallecida poco tiempo después, quien por medio de una magistral sentencia obligó al gobierno de Mauricio Macri a abrir la Paritaria Nacional Docente.

Por último, el 21 de mayo trae el último de los DNU, el 342/25, cuya motivación es inversamente proporcional a su decisión. Con la invocación de apartar al Estado de la intervención de las organizaciones sindicales, formula una modificación a la Ley 23551, en sentido inverso, el artículo 56 inc. 4, que ahora sostiene: “Designar un funcionario con carácter excepcional, en caso de que se produjere un estado de acefalía con relación a la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o al órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción…”

Es decir, frente a eventuales demoras en las convocatorias al proceso electoral de una organización sindical, el Poder Ejecutivo puede designar un “funcionario” para llevar a cabo el proceso electoral. Traducido, la intervención por parte del Poder Ejecutivo de la organización sindical. Ello por un plazo de 120 días prorrogables por otro similar.

Estas medidas no pueden encontrarse alejadas de la situación actual del movimiento obrero y de las organizaciones representativas, así como también de las organizaciones sociales, las que sufren persecución, hostigamiento y criminalización desde el inicio de la gestión del gobierno de Milei.

Tampoco es ajeno a las decisiones adoptadas, las brutales manifestaciones de represión que sistemáticamente los días miércoles en las puertas del Congreso tienen como principales víctimas a jubilados y jubiladas, y que además ubican como blanco de su despliegue feroz a todo sector que intenta involucrarse solidariamente. Así ocurrió con los sectores de la Iglesia Católica vinculada con los Curas en Opción por los Pobres, particularmente en la figura del Padre Paco Olveira, y con trabajadores y trabajadoras de la prensa, que fueron gaseados y apaleados y hasta detenidos con saña y brutalidad deliberada como señal disciplinaria represiva. Debemos mencionar muy especialmente la lucha por su vida que aún lleva Pablo Grillo, producto del intento de homicidio ejecutado por un gendarme identificado, bajo la autoría intelectual de la ministra Patricia Bullrich.

Este dramático festival obsceno que ubica a trabajadores y trabajadoras y a sus organizaciones como objetivo, para su violenta desarticulación y disciplinamiento, encontró el día 22 una expresión de la auténtica política económica.

La falta de apego a toda normativa y normalidad los lleva ahora a concretar un blanqueo de capitales, con destinatario y beneficiario directo a todo sujeto que haya acumulado dólares, evadido al fisco o clandestinizado sus ingresos ilícitos de toda naturaleza, sin importar el tipo de delito, sea robo, trata de personas, y tráfico de armas o drogas. Todo ese dinero que no se guarda en ningún colchón, como romáticamente lo intentan presentar los funcionarios blanqueadores, en modo “Colgate” de la vida, ahora sostienen que podrá ser utilizado para operaciones de todo tipo, sin que nadie los moleste preguntando sus orígenes.

Se trata de un gobierno hambreador, saqueador de los recursos del pueblo, que tiene como plan la miseria planificada, cuyo modelo económico es el latrocinio a través de endeudamiento, ajuste y empobrecimiento de la población y que dejará un terreno baldío en esta patria si no se los detiene.

Son las fuerzas políticas realmente opositoras las que deben reaccionar. Dejar de promover el debilitamiento de los gobernadores que dan auténtica pelea desde la gestión cotidiana, particularmente de la Provincia de Buenos Aires, y promover junto con el conjunto de las organizaciones sindicales y social un movimiento de suficiente fortaleza que modifique este grave estado de cosas.

El ESTADO DE DERECHO SE ENCUENTRA EN SEVERO RIESGO, ES URGENTE RESISTIR Y COMBATIR LAS MEDIDAS DE GOBIERNO QUE ATENTAN CONTRA EL PUEBLO Y PROVOCARAN DAÑOS IRREPARABLES A NUESTRA PATRIA.  

*Abogado de FETRAES. 

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